Res. UIF 99/2023: las obligaciones de mutuales y cooperativas, en una página
La Resolución UIF 99/2023 fija qué deben hacer las cooperativas y mutuales que son sujetos obligados para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo. Rige desde el 1 de agosto de 2023 y reemplazó a la Res. UIF 11/2012. Su idea central es el enfoque basado en riesgo: cada entidad identifica sus propios riesgos y adapta sus controles a ellos.
Quiénes son sujetos obligados
- Cooperativas autorizadas por su objeto social a prestar el servicio de crédito.
- Mutuales autorizadas a prestar el servicio de ayuda económica.
La norma prevé algunas excepciones y tratamientos diferenciados; cada caso conviene revisarlo con un especialista.
Las obligaciones principales
| Obligación | Qué implica |
|---|---|
| Oficial de cumplimiento | Designar titular y suplente. Las ausencias, licencias o remociones se informan a la UIF dentro de las 24 horas. |
| Autoevaluación de riesgos | Un informe técnico anual que analiza socios, productos y servicios, canales y zonas geográficas. Se presenta a la UIF hasta el 30 de abril. |
| Manual y aprobación | El órgano de administración aprueba el manual de prevención, la autoevaluación de riesgos y el plan anual del oficial de cumplimiento. |
| Debida diligencia | Identificar a cada socio, verificar que no figure en listas de terrorismo y clasificarlo por nivel de riesgo. A mayor riesgo, más documentación, incluido el origen de los fondos. |
| Actualización de legajos | Riesgo alto: todos los años. Riesgo medio: cada 3 años. Riesgo bajo: cada 5 años. |
| Capacitación | Un plan anual de capacitación, con registro de quién la completó. |
| Revisión externa independiente | Una evaluación externa de la eficacia del sistema de prevención (Res. UIF 67/2017). |
| Reporte de operaciones sospechosas | Dentro de los 15 días corridos desde que se concluye que la operación es sospechosa, y nunca más de 150 días desde la operación. |
Además, no se pueden hacer operaciones anónimas ni bajo nombres ficticios. La entidad puede apoyarse en terceros para identificar socios, pero la responsabilidad sigue siendo suya.
Dónde suelen fallar las entidades
- Legajos incompletos o vencidos, sin fecha de próxima actualización.
- Controles contra listas hechos una sola vez, al dar el alta, y nunca más.
- Segmentación por riesgo que existe en el manual pero no en los datos de cada socio.
- Falta de registro de lo que se revisó y por qué se descartó una alerta.
Cómo ayuda un sistema
Un sistema no reemplaza al oficial de cumplimiento, pero le da orden: legajos con vencimientos, controles periódicos contra listas, matriz de riesgo por socio, alertas sobre operaciones inusuales y un registro de todo lo hecho, listo para la revisión externa. Es lo que estamos construyendo en NOViTEC con mutuales piloto. Conocé el módulo de cumplimiento UIF.
Este resumen es orientativo y no constituye asesoramiento legal. Antes de tomar decisiones, consultá el texto oficial y a tu oficial de cumplimiento o asesor.